La
Iglesia no tiene potestad para impartir bendiciones a las uniones de personas
del mismo sexo, por lo tanto, no pueden "considerarse lícitas". Así
lo declaró la Congregación para la Doctrina de la Fe.
Por
medio de un comunicado el cual fue publicado en el sitio web oficial del
vaticano mencionan que, no es lícito que los sacerdotes bendigan a las parejas
del mismo sexo que pidan algún tipo de reconocimiento religioso de su unión.
Se
menciona también que El Papa fue
informado y "ha dado su asentimiento" a la publicación de la
respuesta y de la nota explicativa que la acompaña y que ha sido firmada por el
Prefecto, el cardenal Luis Ladaria, y por el Secretario, el arzobispo Giacomo
Morandi.
De
igual manera se informa que el hecho que la iglesia no pueda bendecir uniones
entre personas del mismo sexo no significa que la iglesia no acepte de forma
individual a personas homosexuales.
Por
esto, resulta fundamental la distinción que se realiza entre personas y unión.
La respuesta negativa a la bendición de la unión no implica de hecho un juicio
sobre las personas individuales implicadas, que deben ser acogidas "con
respeto, compasión y delicadeza" evitando "toda marca de
discriminación injusta", como ya se afirma en los documentos magisteriales,
menciona el comunicado.
El
vaticano ofrece una sincera voluntad de acogida y de acompañamiento de las
personas homosexuales, a las cuales se proponen caminos de crecimiento en la
fe", según establece también la exhortación Amoris laetitia, que habla de
la "ayuda necesaria" que se ofrece a las personas homosexuales
"para comprender y realizar plenamente la voluntad de Dios en su
vida".
La
Santa Sede, de igual manera expresó las razones por las cuales se tomó esta
decisión. La primera se refiere a la verdad y al valor de las bendiciones, que
son "sacramentales", es decir, acciones litúrgicas de la Iglesia, y
que requieren que lo que se bendiga esté “objetivamente ordenado a recibir y
expresar la gracia, en función de los designios de Dios inscritos en la Creación”.
Las relaciones, incluso estables, que implican una praxis sexual fuera del
matrimonio" -o sea, fuera de "la unión indisoluble de un hombre y una
mujer", abierta a la transmisión de la vida- no responden a esos
"designios de Dios", aunque haya "elementos positivos" en
tales relaciones. Esta es una consideración que no solo afecta a las parejas
homosexuales, sino a todas las uniones que implican el ejercicio de la
sexualidad fuera del matrimonio. Otro motivo para la negativa es el riesgo de
asimilar erróneamente la bendición de las uniones del mismo sexo al sacramento
del matrimonio.
Por
último, la Congregación para la Doctrina de la Fe precisa que esta respuesta
negativa no excluye "que se impartan bendiciones a las personas
individuales con inclinaciones homosexuales, que manifiesten la voluntad de
vivir en fidelidad a los designios revelados por Dios", mientras que
declara ilícita "toda forma de bendición que tienda a reconocer sus
uniones".
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